Alma Solís
asolis@noticiasdepanama.com
La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate un proyecto de ley que introduce nuevas reglas de sustancia económica para empresas multinacionales domiciliadas en Panamá que obtengan ciertos ingresos pasivos desde el exterior, en uno de los cambios tributarios más relevantes de los últimos años para el sistema fiscal panameño.
La iniciativa establece que compañías que reciban ingresos como dividendos, intereses, regalías, ganancias de capital o rentas inmobiliarias provenientes del extranjero deberán demostrar que mantienen operaciones reales en Panamá, incluyendo personal, toma de decisiones estratégicas, gastos operativos y presencia efectiva en el país.
Si las empresas no logran acreditar esa sustancia económica, esos ingresos dejarán de beneficiarse del tratamiento actual y pasarán a pagar un impuesto de 15% sobre la renta neta gravable derivada de esas actividades.
El cambio ocurre en medio de mayores exigencias internacionales sobre transparencia fiscal y actividad económica real. Aunque Panamá mantiene su sistema tributario territorial —que en principio no grava rentas de fuente extranjera— la nueva legislación adapta ese esquema a estándares internacionales que buscan evitar estructuras sin operaciones efectivas.
El proyecto se enfoca especialmente en la llamada renta pasiva de fuente extranjera, es decir, ingresos que pueden generarse sin una operación intensiva, como dividendos, intereses o regalías, un tipo de estructuras que ha estado bajo mayor escrutinio internacional en los últimos años.
La ley excluye del nuevo régimen a la marina mercante y a las entidades reguladas por la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia del Mercado de Valores y la Superintendencia de Seguros y Reaseguros. También incorpora mecanismos para evitar doble tributación y reglas especiales para activos intangibles desarrollados en Panamá, como patentes y derechos de autor.
Además, moderniza el concepto de establecimiento permanente bajo estándares internacionales e incorpora una cláusula antiabuso dentro del Código Fiscal.
La normativa entrará en vigencia a partir del período fiscal 2027 y el Órgano Ejecutivo tendrá 90 días para reglamentarla.






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