Alma Solís
asolis@noticiasdepanama.com
Los bancos en Panamá deberán mostrar al cliente quién recibirá su dinero y verificar que la cuenta esté habilitada para recibir fondos antes de que autorice una transferencia electrónica. La nueva regla incorpora una comprobación previa al envío para detectar errores y reducir el riesgo de posibles estafas.
La medida está contenida en el Acuerdo No. 8-2026 de la Superintendencia de Bancos. Cubrirá transferencias entre clientes del mismo banco y de bancos distintos dentro del país, mediante banca en línea, banca móvil y pagos o monederos móviles.
Qué verá el cliente
La validación deberá ser inmediata y gratuita, después de introducir la cuenta o el identificador utilizado para transferir, como un celular o correo electrónico, y antes de autorizar el envío.
El banco deberá mostrar de forma clara el titular que recibirá los fondos y el monto. También deberá presentar el banco y número de cuenta cuando la transferencia sea de cuenta a cuenta, o el alias utilizado cuando el envío se haga mediante ese identificador.
Para quien paga una compra o envía dinero a un familiar, esto permitirá comprobar si el destino corresponde a la persona esperada y detectar posibles errores mientras todavía puede detener la operación.
Si los datos no coinciden
El banco deberá mostrar una advertencia clara, previa y visible cuando los datos proporcionados no coincidan con la información registrada del beneficiario. El cliente podrá decidir si continúa o cancela: el acuerdo no establece un bloqueo automático por esa discrepancia.
La decisión de continuar tampoco elimina las responsabilidades que puedan corresponder al banco por fallas en sus controles, sistemas o advertencias. Las entidades deberán conservar registros que permitan auditar la validación y la autorización final.
La protección tiene límites
Comprobar quién recibirá el dinero no garantiza que un vendedor entregue lo prometido ni que una oferta sea legítima. El acuerdo tampoco establece una devolución automática por errores o engaños.
La protección se concentra en el momento previo al envío. La Superintendencia advierte en los fundamentos de la norma que, una vez acreditados los fondos, el cliente podría no recuperarlos.
La consulta del nombre del beneficiario solo podrá hacerse dentro de una sesión bancaria autenticada y como parte de una transferencia que se esté iniciando. Los datos revelados tendrán un uso limitado a la verificación, ejecución, control y auditoría de esas operaciones.
Las disposiciones empezarán a regir nueve meses después de su promulgación. Para el consumidor, el cambio será contar con información validada y advertencias antes de decidir si envía su dinero.





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