Alma Solis
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Ya fue publicada la Gaceta número 28987 – B de este 24 de marzo 2020, que amplia el toque de queda a 24 horas en todo el territorio nacional panameño a partir de las 5:01 a.m del 25 de marzo del 2020 y el cual se mantendrá mientras este vigente la declaratoria de estado de emergencia nacional.
También se prohibe la distribución, venta y consumo de bebidas alcohólicas.
El toque de queda es la medida más drástica tomada en este momento para combatir el COVID 19 en Panamá.
Entre las excepciones del decreto están los miembros de la fuerza pública, los servidores públicos dedicados a atender la emergencia a nivel nacional, altos funcionarios del órgano ejecutivo, alcaldes y representantes de corregimiento, personal del Ministerio de Salud y de la Caja de Seguro Social y el personal del cuerpo de bomberos entre otros estamentos de seguridad.
También se habla de personal de aduanas que tiene relación a controles y puertos, el personal medico, personal de empresas relacionadas a la venta de alimentos, movilidad, el Canal de Panamá y una lista que se extiende a 32 renglones. (Ver la lista completa abajo en el decreto)
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Se establece que las personas que se movilicen a comprar alimentos o farmacias en los horarios dispuestos solo sea una persona por familia, pero pueden ser acompañadas quienes hayan sufrido accidente o que tenga alguna un problema de salud.
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