Alma Solís
asolis@noticiasdepanama.com
Panamá creó una visa que permitirá a jóvenes extranjeros permanecer hasta un año en el país y realizar trabajos temporales como parte del programa Vacaciones y Trabajo, conocido como Working Holiday, según el Decreto Ejecutivo N.° 21 del 13 de octubre de 2026.
La norma, publicada en la Gaceta Oficial el 14 de octubre, cuando comenzó a regir, incorpora esta visa a la categoría migratoria de no residente. Su artículo 1 establece que estará disponible únicamente para nacionales de países que mantengan acuerdos bilaterales vigentes con Panamá para este programa.
Esta modalidad es distinta de la Visa de Corta Estancia como Trabajador Remoto, creada mediante el Decreto Ejecutivo N.° 198 de mayo de 2021 y conocida como visa para nómadas digitales. Ese régimen está dirigido a extranjeros que trabajan a distancia para el exterior y reciben ingresos de fuente extranjera. La nueva Working Holiday permite realizar empleos temporales en Panamá, con un permiso del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel).
El artículo 3 del nuevo decreto establece que los solicitantes deberán tener entre 18 y 30 años al presentar su solicitud y abandonar el país al finalizar el programa. Por su parte, el artículo 2 dispone que la visa podrá concederse por hasta 12 meses, sin posibilidad de prórroga.
El documento también prohíbe a los beneficiarios cambiar de categoría migratoria. Además, su artículo 5 señala que no podrán ejercer actividades laborales de carácter permanente ni acceder a un permiso de residencia permanente durante su estadía. Para trabajar temporalmente, el artículo 6 exige la emisión del permiso correspondiente del Mitradel.
En cuanto al trámite, el artículo 4 dispone que la solicitud deberá presentarse personalmente ante la Oficina de Proyectos Especiales del Servicio Nacional de Migración. Entre los documentos exigidos figuran una copia del pasaporte cotejada por un notario panameño, tres fotografías tamaño carné, certificado de nacimiento y antecedentes penales del país de origen, ambos apostillados.
La misma disposición exige una certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores que acredite la participación en el programa, un seguro médico que cubra toda la estadía y solvencia económica suficiente para mantenerse en Panamá. El decreto no fija un monto mínimo de solvencia ni enumera los países cuyos ciudadanos podrán aplicar.
La administración del programa estará a cargo de Migración y Cancillería, que darán seguimiento a las actividades de los participantes, según el artículo 7. En sus consideraciones, el decreto señala que la iniciativa busca promover el intercambio cultural y la movilidad juvenil bajo el principio de reciprocidad entre países.
Condiciones y requisitos del programa
Según el decreto, estas son las principales condiciones:
● Tener entre 18 y 30 años al presentar la solicitud.
● Ser nacional de un país con un acuerdo bilateral vigente con Panamá para el programa.
● Contar con una certificación de Cancillería que acredite la participación.
● Tener seguro médico para toda la estadía.
● Acreditar recursos económicos suficientes para mantenerse en el país.
● Presentar antecedentes penales del país de origen, debidamente apostillados.
● Obtener un permiso del Mitradel para realizar trabajos temporales.
● Permanecer un máximo de 12 meses, sin posibilidad de prórroga.
● No ejercer empleos permanentes, cambiar de categoría migratoria ni acceder a un permiso de residencia permanente durante la estadía.
● Abandonar el país al finalizar el programa.
Puedes ver el decreto aqui
Decreto visa de corta instancia en calidad de turista participante del programa vacaciones y trabajo






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