Alma Solís
asolis@noticiasdepanama.com
La República de Panamá, a través de la Oficina de Arbitraje de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, resultó vencedora en el arbitraje internacional iniciado por Banesco Holding Latinoamérica S.A. y Banesco (Panamá), S.A. (“Banesco”) ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI).
La entidad bancaria deberá además sufragar los gastos legas de Panama que ascienden a la suma de 900 mil dólares.
De acuerdo con un comunicado del MEF, mediante Laudo de 5 de mayo de 2026, el Tribunal concluye que la República de Panamá no infringió sus obligaciones bajo el Tratado, rechazando todos los reclamos de Banesco.
Información suministrada por el MEF
En su decisión, el Tribunal determinó que las entidades panameñas no actuaron de manera arbitraria ni con la intención de perjudicar a Banesco, como alegaba la empresa. Asimismo, señaló que la entidad bancaria tuvo acceso a los mecanismos legales internos, los cuales utilizó, para impugnar las decisiones con las que no estaba de acuerdo. En ese sentido, destacó que los fallos de la Corte Suprema reflejan una interpretación razonable del derecho panameño.
El laudo también subraya que el estándar de Trato Justo y Equitativo invocado por Banesco no constituye una garantía frente a los riesgos inherentes a la actividad comercial.
El arbitraje fue iniciado en 2023, cuando Banesco alegó que el Estado panameño había incumplido sus obligaciones bajo el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre España y Panamá, particularmente en lo relativo al trato justo y equitativo y la no obstaculización de las inversiones extranjeras.
Entre sus argumentos, Banesco sostuvo que diversas entidades panameñas actuaron de forma arbitraria, discriminatoria y sin transparencia, además de vulnerar el debido proceso al ejecutar o amenazar con ejecutar fianzas emitidas por Banesco para garantizar contratos de obra pública incumplidos. La empresa reclamaba una indemnización de más de USD 13.5 millones, monto que se reservaba el derecho de aumentar en caso de nuevas ejecuciones de fianzas.





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