Abajo conferencia completa.
Alma Solís
asolis@noticasdepanama.com
El mecanismo de retención para el pago de impuesto de inmueble a través de las entidades financieras entró a regir a partir de la promulgación del la resolución 201-2620 del 12 julio de 2019 en la Gaceta Oficial que será en los próximos.
De acuerdo con los representantes de la Dirección de Ingresos se espera recaudar Us$200 millones.
La entidad recordó que no serán objeto de retención del impuesto de inmuebles, por parte de los agentes de retención, las viviendas inscritas en la administración tributaria con el beneficio fiscal de la Vivienda Principal o Patrimonio Familiar Tributario ni tampoco aquellos inmuebles que se encuentren gozando de una exoneración mientras dure su vigencia.
Los bancos de licencia general, las financieras, las cooperativas y otras instituciones que otorgan financiamiento para la adquisición de viviendas o bienes raíces, han sido constituidos como agentes de retención del impuesto de inmuebles a partir del 1 de enero de 2019, y en el caso de los bancos se realizará por medio de una cuenta que el cliente debe designar con este propósito y se debe hacer en la misma entidad en la que tiene el financiamiento del bien.
Los agentes de retención es una opción porque se pueden seguir aceptando los pagos a través de la forma tradicional en la DGI o en linea.
La primera y segunda cuota, a más tardar el 31 de agosto de 2019. La tercera cuota a más tardar el 31 de diciembre de 2019. En relación con los financiamientos otorgados por los agentes de retención hasta el 31 de diciembre de 2018, la retención de las tres cuotas correspondientes al impuesto de inmuebles del período fiscal 2019, en caso que se adeuden, se realizará a más tardar el 31 de diciembre de 2019.