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¿Tiene un trabajador derecho a ignorar un WhatsApp del jefe fuera del horario laboral?

Un anteproyecto presentado en la Asamblea Nacional propone impedir exigir respuestas a llamadas, WhatsApp, correos o mensajes de trabajo fuera de la jornada laboral, salvo excepciones previstas en la ley.

by admin
2026/07/09
in Destacado, Economía
¿Tiene un trabajador derecho a ignorar un WhatsApp del jefe fuera del horario laboral?

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Alma Solís 

asolis@noticiasdepanama.com

Un anteproyecto presentado en la Asamblea Nacional propone impedir exigir respuestas a llamadas, WhatsApp, correos o mensajes de trabajo fuera de la jornada laboral, salvo excepciones previstas en la ley.¿Qué pasa si un jefe escribe a las 10:30 de la noche? ¿El trabajador está obligado a responder? ¿Puede una empresa asumir que el celular personal también forma parte de la jornada laboral? Ese es el debate que comienza a abrirse en Panamá con un anteproyecto de ley presentado el 2 de julio por el diputado Ernesto Cedeño, que busca incorporar al Código de Trabajo el derecho a la desconexión digital.

La iniciativa, que aún debe iniciar su trámite legislativo, llega en un momento en que la tecnología ha cambiado la forma de trabajar. Los teléfonos inteligentes, WhatsApp, el correo electrónico y las plataformas digitales permiten mantener contacto prácticamente a cualquier hora y desde cualquier lugar. Lo que antes podía esperar hasta el día siguiente hoy suele resolverse con un mensaje enviado fuera del horario laboral.

Esa nueva realidad llevó a varios países a preguntarse si el derecho al descanso también debía adaptarse a la era digital. Francia abrió el camino hace casi una década al establecer reglas para limitar las comunicaciones laborales fuera del horario de trabajo. Después siguieron otros países, entre ellos Chile, Colombia y, más recientemente, Australia, aunque con modelos distintos.

En Panamá, el anteproyecto plantea que los trabajadores tengan derecho a no atender llamadas, mensajes, correos electrónicos o cualquier otra comunicación relacionada con sus labores fuera de su jornada ordinaria, durante descansos, vacaciones, licencias, incapacidades o días libres.

¿Qué propone el anteproyecto?

  • Derecho a no responder comunicaciones laborales fuera de la jornada.
  • Las empresas deberán establecer políticas internas sobre el uso de herramientas digitales.
  • No podrán aplicarse sanciones, descuentos salariales, represalias ni afectar evaluaciones de desempeño por ejercer ese derecho.
  • Se mantienen excepciones para emergencias y cargos con disponibilidad especial.
  • El trabajo realizado fuera del horario deberá computarse como horas extraordinarias.

“Es interesante que se tome el descanso digital como ley. Aunque ya hay leyes e iniciativas para propiciarlo en varios países, incluyendo Latinoamérica, por cómo se desarrollan las relaciones laborales en la actualidad ya debería haber iniciativas en las empresas para aplicarlo” dijo a SNIP Noticias Dionisio Guerra consultor de comunicaciones digital.
Agregó que las compañías deben tener claro cuáles son las herramientas “adecuadas” para tratar temas laborales, por ejemplo, emails internos o plataformas propias, en lugar de Whatsapp o redes sociales, que las personas usan para tratar sus asuntos personales o privados.

“Si un tema no se trata en los canales indicados en el reglamento no debe haber obligación del trabajador de responderlo inmediatamente.” Comentó Guerra.

La discusión no es exclusiva de Panamá. En Colombia, la legislación aprobada en 2022 protege el derecho de los trabajadores a desconectarse durante sus descansos, vacaciones y licencias. En Australia, la normativa permite rechazar comunicaciones fuera de horario cuando no sean razonables. En ambos casos se mantienen excepciones para determinadas funciones o circunstancias. También ya existen algunas legislaciones sobre el tema en Argentina y México.

Pero la propuesta en Panamá no plantea una prohibición absoluta.

El texto mantiene excepciones en para casos que  ya sea por su naturaliza necesiten estar conectados o por las emergencias. Además, si un trabajador presta servicios fuera de su horario, ese tiempo tendría que reconocerse como jornada extraordinaria.

  • Casos de emergencia,
  • Fuerza  mayor
  • Riesgo inminente,
  • Situaciones excepcionales o cuando la naturaleza del cargo requiera una disponibilidad especial pactada conforme a la ley.

La experiencia internacional también muestra que aprobar una ley no resuelve por sí sola el problema. Estudios realizados en Europa indican que muchos trabajadores continúan recibiendo mensajes y correos fuera de su jornada incluso en países donde existe este derecho. Sin embargo, las empresas que establecen políticas claras reportan un mejor equilibrio entre la vida personal y laboral y mayores niveles de satisfacción entre sus colaboradores.

El anteproyecto panameño también deja interrogantes. No establece multas específicas para las empresas que incumplan la norma ni define qué profesiones o actividades quedarían excluidas. Tampoco desarrolla cómo se fiscalizaría su cumplimiento.

Más allá de su futuro en la Asamblea, la propuesta abre una conversación que cada vez alcanza a más empresas: ¿dónde termina realmente la jornada laboral en una época en un mundo tan interconectado y que una notificación puede llegar a cualquier hora?

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