Redacción
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El presidente de PanamáLaurentino Cortizo Cohen sancionó este lunes, el Decreto Ejecutivo N° 5 de 14 de febrero de 2022 que ordena el cierre en el territorio nacional, de las oficinas públicas nacionales y municipales el lunes 28 de febrero de 2022, lunes de carnaval.
De acuerdo a los considerandos del Decreto del Ministerio de Gobierno, la celebración de los Carnavales los días 26, 27, 28 de febrero y 1 de marzo de 2022, ha sido cancelada, en todo el territorio nacional, a causa de la pandemia de COVID-19 y el martes I de marzo de 2022 es un día libre por mandato legal; sin embargo, lo anterior no constituye un obstáculo para el movimiento de personas hacia áreas de recreo y esparcimiento, en esas fechas.
Agrega además que, dicho movimiento masivo de personas constituye un factor importante para la reactivación económica y la promoción del turismo , por lo cual se ordena dicho cierre de oficinas el lunes de carnaval.
En su artículo 2 el Decreto ordena que los servidores públicos, deberán laborar los días 15, 16, 17,18, 21, 22, 23 y 24 de febrero de 2022, en horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., para compensar las horas correspondientes a la jornada regular de trabajo del día a que se refiere el artículo anterior.
Así mismo exceptúa de lo dispuesto a las oficinas públicas que por razón de la naturaleza del servicio que prestan deban permanecer funcionando, tales como: el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (I.D.A.A.N.), las instituciones de salud, como hospitales, clínicas, policlínicas, centros de salud y unidades de salud, tanto de la Caja de Seguro Social como del Ministerio de Salud.
Explica el Decreto firmado por Cortizo Cohen y la ministra de Gobierno Janaina Tewanei que aquellas dependencias que por la naturaleza de sus servicios deban laborar de manera ininterrumpida se podrán acoger a los esquemas, procedimientos, o normativas legales de trabajo que tengan dispuestos para tales fines.
Indica que las instituciones bancarias se regirán por lo establecido en la Resolución S.B.P. N° 124-2006 de 4 de diciembre de 2006 y excluye de la aplicación de este Decreto Ejecutivo, a la Autoridad del Canal de Panamá conforme lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley N° 19 de 11 de junio de 1997. Por otro lado, el Decreto Ejecutivo que se fundamenta en la Ley 19 de 3 de mayo de 2020 y Ley 38 de 31 de julio de 2000, suspende los términos en los procedimientos administrativos el lunes 28 de febrero de 2022, según lo establecido en el Título V de la Ley 38 de 31 de julio de 2000.
Ver decreto Decreto lunes 28 feb