Alma Solís
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Los bancos estarán obligados a entregar por escrito todas las condiciones de sus promociones y a enviar avisos anticipados sobre comisiones en préstamos hipotecarios, según el nuevo Acuerdo No. 4-2025 emitido por la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP).
Esta normativa modifica los artículos 6 y 9 del Acuerdo No. 1-2011 con el fin de aumentar la transparencia en la información que las entidades financieras deben proporcionar a sus clientes sobre productos y servicios. Ahora, cuando un banco ofrezca productos o servicios en promociones o ferias especiales, deberá entregar al cliente, antes de firmar cualquier contrato, todos los términos y condiciones, incluyendo tasas de interés, comisiones, cargos, plazos, requisitos para mantener beneficios promocionales y las consecuencias en caso de incumplimiento.
Además, para préstamos hipotecarios que incluyan comisiones de renovación, la entidad bancaria tendrá que enviar un aviso reiterativo con al menos dos meses de anticipación. Este aviso debe detallar el monto de la comisión, la fórmula para calcularla, la fecha de cobro y los mecanismos disponibles para su pago.
El acuerdo también establece que los clientes tienen derecho a rechazar la renovación en los términos pactados y a cancelar anticipadamente su préstamo sin penalidad, conforme a la legislación vigente.
El Acuerdo No. 4-2025 entrará en vigor el 2 de enero de 2026, plazo otorgado para que las instituciones bancarias adapten sus procesos internos. La SBP indicó que esta medida busca promover prácticas responsables y proteger los derechos de los usuarios del sistema financiero panameño.
Puntos más importantes del Acuerdo No. 4-2025:
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Los bancos deberán entregar al cliente, antes de la contratación, un documento por escrito con todas las condiciones del producto ofrecido durante promociones o ferias, incluyendo:
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Tasas de interés
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Comisiones y cargos aplicables
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Plazos y condiciones para mantener beneficios
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Consecuencias del incumplimiento
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En los préstamos hipotecarios que contemplen comisión de renovación, el banco deberá:
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Enviar un aviso con al menos dos meses de anticipación
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Incluir en el aviso: monto de la comisión, fórmula de cálculo, fecha de cobro y medios de pago
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El cliente puede rechazar la renovación si no está de acuerdo con las condiciones
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Tiene derecho a cancelar el préstamo sin penalidad, conforme a lo establecido en la Ley 45 de 2007
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La entrada en vigencia del acuerdo será el 2 de enero de 2026