Redacción
La Fundación Libertad presentó la investigación: Vaporizadores como alternativa al tabaco, un derecho del individuo un estudio que surge a partir de la promulgación de la ley panameña 315 de 30 de junio de 2022, “que prohíbe el uso, importación y comercialización de sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, vaporizadores, calentadores de tabaco y otros dispositivos similares, con o sin nicotina”, con el objetivo de estudiar los efectos y consecuencias de la implementación de dicha legislación.
De acuerdo con la fundación todos los gobiernos implementan políticas públicas que, con el objetivo de proteger a los ciudadanos o al orden público, prohíben el consumo de ciertos productos o servicios, en ocasiones atentando de forma desproporcionada con la libertad de elegir de la población.
“Esta investigación muestra la eficacia del uso de vaporizadores como herramienta de reducción de daños para los consumidores de tabaco. Lo anterior, bajo el supuesto que la evidencia científica suministrada demuestra que los vaporizadores ayudan a disminuir el consumo de tabaco y los efectos perjudiciales producidos por éste”, indicó Surse Pierpoint, presidente de Fundación Libertad.
Por otro lado, el informe destaca que los cigarrillos electrónicos son un producto de alta demanda por fumadores de cigarrillos combustibles que buscan alternativas al cigarrillo tradicional.
«Los vaporizadores actúan como sustituto de los cigarrillos de combustión y pueden ayudar a dejar de fumar. Sin embargo, la Ley 315 aprobada por la Asamblea Nacional parece ignorar la utilidad de los vaporizadores inclusive, de aquellos que no contienen nicotina, como herramienta de reducción de daños y la libertad individual de los fumadores a escoger un producto de autoayuda menos perjudicial para su salud» dice la nota.
La fundación indica que los efectos inmediatos que lejos de evitar el consumo, incentiva y promueve el contrabando en Panamá, ya que desde el 2016, el 60,8% de los cigarrillos consumidos en Panamá eran de este tipo, mientras que, en 2021, cinco años después, esta cifra aumentó a 87.9%, según el Estudio de Mercado de Cigarrillos Ilegales realizado en Panamá en 2021 por Nielsen.
Por su parte, la Asociación de Reducción de Daño por Tabaquismo de Panamá (ARDTP) y la Asociación de Fumadores y Familiares por un Panamá Libre de Humo han advertido que aprobar legislaciones como la Ley 315, que prohíben el uso, comercialización e importación de cigarrillos electrónicos, impulsa el comercio ilícito.
Para la Fundación Libertad, mientras los gobernantes panameños siguen ajenos a los avances científicos que respaldan las políticas de reducción de daño por tabaquismo, que exitosamente se utilizan en Reino Unido, Estados Unidos y Nueva Zelanda, como ejemplo. La Agencia de Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA) también destaca que solamente un 7.5% de los fumadores que intentan dejar el cigarrillo combustible logran la cesación, por lo que se hace necesario permitirles el acceso a ese 92.5% de fumadores que continuarán fumando a alternativas de menor riesgo para su salud.
Agregan que en el estudio realizado se recalca que la Ley 315 vulnera el derecho que tienen los ciudadanos de elegir opciones que representen un menor riesgo para la salud que los cigarrillos habituales o por combustión, y se afirma según estudios médicos que el cigarrillo electrónico es un 95% menos dañino que el cigarrillo común. El cigarrillo electrónico, además, tiene más efectividad que medicamentos, chicles o parches y resulta sumamente contradictorio que si se cuenta con una opción que científicamente se ha demostrado puede reducir los efectos negativos del humo del tabaco, se prohíba su comercialización.
“Nuestro argumento concluye que es poco probable que la prohibición de los vaporizadores logre el objetivo de proteger la salud pública como esperan los políticos, y que incluso, tal como se detalla en la investigación, puede generar consecuencias sanitarias y económicas no deseadas, por tanto, no hay ninguna razón lógica para restringir el derecho de los consumidores a elegir un producto que puede ayudarles a reducir el consumo de tabaco”, manifiesta Pierpoint.
La recomendación final de este estudio es la adopción de políticas públicas cuyo objetivo sea la educación de la ciudadanía, así como regulación sobre la prohibición para el consumo en personas menores de edad, y la adopción de medidas para evitar la afectación a terceras personas, tal y como actualmente se ha implementado con los cigarrillos habituales o por combustión. Es decir, que lo más conveniente es aplicar un marco regulatorio homólogo, al actualmente vigente para los cigarrillos y al de las bebidas alcohólicas.
Explica que en ese sentido, para evitar que los menores se conviertan en usuarios de cigarrillos electrónicos, deberían adoptarse medidas de comercio controlado, impidiendo que los distribuidores vendan a menores e imponiendo duras sanciones a los que violen esta prohibición.