Redacción
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La Asociación Nacional de Cáñamo de Panamá (ANACAP), se suma a las voces que cuestionan la metodología implementada por la Comisión de Salud de la Asamblea Nacional, para la aprobación en primer debate del proyecto de Ley 153, que regula el uso médico y terapéutico del cannabis medicinal en Panamá y el proyecto 178 que prohíbe la comercialización de cigarrillos electrónicos y vaporizadores.
En una nota , la ANACAP indicó que considera inquietante que la aprobación de estas iniciativas se realizó de manera acelerada, sin incluir a los diferentes grupos de interés como pacientes y especialistas en la materia.
Entre los puntos que ANACAP cuestiona, está la prohibición de cultivar plantas de cannabis con más de 0.3% de THC, una regulación que no existe en ningún otro país donde ya se ha legalizado el cannabis medicinal y que fue que se introdujo en el proyecto de Ley 153. Además de, frenar la inversión extranjera en la manufactura de medicamentos provenientes del cannabis, afectando directamente a los pacientes, quienes dependen de la importación y son el objeto de esta iniciativa.
«Esto se constituye en una prohibición negativamente novedosa, que no se da en ningún otro país, mucho menos en la Convención Única de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) de 1961, ni en la propia Ley 14 de 19 de mayo de 2016 que regula las actividades y uso de sustancias controladas para fines médicos o científicos» dijo ala asociación.
Adicionalmente, ANACAP también desestima la prohibición absoluta del uso de vaporizadores dentro del proyecto de Ley 178, siendo esta la única vía de administración pulmonar que brinda una mayor concentración de cannabis medicinal para pacientes con epilepsia, entre otros padecimientos.
Consideran contradictorio que por un lado se quiera dar una solución clínica a pacientes con enfermedades que no son tratables eficazmente con medicamentos tradicionales, y por otro lado se esté prohibiendo a estos mismos pacientes la vía de administración óptima, segura y utilizada hoy día, que es la administración pulmonar.
Agregaron que resulta inexplicable que a través de lo aprobado se prohíba la reexportación de productos derivados del cannabis medicinal, cuando Panamá por su posición geográfica reúne las condiciones ideales para convertirse en un hub de redistribución de medicinas derivadas del cannabis, como ya en efecto lo es con otras, incluyendo a los opioides, estos últimos siendo igualmente sustancias controladas.
«Frente a este panorama, hacemos un llamado muy respetuoso a los diputados de la Asamblea Nacional para que tomen en cuenta las diferentes posiciones y recomendaciones principalmente de pacientes, especialistas y grupos de interés, de manera que la legislación que se apruebe tenga como único propósito mejorar la calidad de vida de los pacientes» indica el comunicado.