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Home Banca y actualidad

Panamá extenderán moratoria bancaria hasta junio de 2021

by admin
2020/10/22
in Banca y actualidad, Coronavirus en Panamá, Destacado
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Alma Solís 
asolis@noticiasdepanama.com
El presidente de Panamá, Laurentino Cortizo firmó un acuerdo con la Superintendencia de Bancos de Panamá para extender la moratoria de los préstamos bancarios hasta junio de 2021.
Debido a la pandemia y al cierre de las actividades comerciales, muchos panameños y residentes fueron afectados en sus ingresos por lo cual no podían hacerle frente a distintos compromisos incluyendo los bancarios.

¡Se extiende el plazo de alivio financiero con las entidades bancarias hasta el mes de junio del 2021! Durante este periodo los bancos no ejecutarán las garantías, ni afectarán las referencias de crédito de las personas que hayan modificado sus préstamos. #UnidosVenceremos pic.twitter.com/LAPMIcjpaR

— Nito Cortizo (@NitoCortizo) October 22, 2020

En un acto celebrado este jueves en el Salón Amarillo de la Presidencia de la República, encabezado por el Presidente Laurentino Cortizo Cohen, en compañía de Diputados de la Asamblea Nacional, Nicolás Arditto Barleta Secretario Ejecutivo de la Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos y Luis La Roca quien preside esta Junta Directiva, firmaron el acuerdo para la extensión del plazo para el cumplimiento de compromisos bancarios para clientes que sigan presentando dificultades hasta el próximo 30 de junio de 2021.

«Hoy, aunque las circunstancias han variado en algunos aspectos, nuestro país, al igual que el resto del planeta, aún enfrenta el peligro del virus que sigue entre nosotros y todavía representa un riesgo, muy alto para la salud y la economía. Este balance delicado, entre proteger la vida, aliviar la situación social y mantener la economía, sigue siendo nuestro principal parámetro para establecer prioridades, señaló el mandatario.

El Acuerdo de modificación No. 13-2020 aprobado por la Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP), permite que entre bancos y clientes se puedan continuar realizando las modificaciones necesarias para mantener una relación de crédito viable y sostenible.

Tras el impacto de la pandemia por la COVID-19, la Asamblea Nacional aprobó el Proyecto de Ley No. 287 transformada en la Ley No. 156 de 30 de junio de 2020, que dicta medidas económicas y financieras, que establece una moratoria sobre los préstamos otorgados por los bancos, cooperativas y financieras, tanto públicas como privadas, hasta el 31 de diciembre de 2020.

El acuerdo suscrito hoy se trata de un período adicional de seis meses, en el que bancos y clientes podrán pactar nuevos términos y condiciones sobre la base de su nueva capacidad de pago o su actual situación económica y que no debe entenderse como condonación de la deuda.

Las modificaciones pueden incluir el otorgamiento de períodos de gracia, en función de la nueva capacidad de pago de cada cliente, extensiones de plazo de vencimiento de los préstamos, ajustes de la letra o cuota mensual, entre otras opciones.

Las medidas de alivio financiero se continuarán realizando en el mencionado plazo de seis (6) meses, sobre la condición financiera de cada cliente, estipula el acuerdo de modificación de la SBP.

En este periodo, los bancos no ejecutarán las garantías de los préstamos que ya se encuentren modificados ni de los que se modifiquen, en el nuevo plazo otorgado, incluyendo viviendas, fincas, terrenos, locales comerciales, autos, buses y otras garantías.

Otro aspecto importante del Acuerdo No. 13-2020, es que a los préstamos modificados no le será aplicable el cobro de intereses moratorios ni cargos o penalidades y no se afectarán las referencias de crédito de los clientes durante el período adicional para acordar las modificaciones de los préstamos.

Los bancos se comprometen a fortalecer y robustecer los canales de atención a sus clientes y consumidores para atender cualquier situación de consulta y reclamo sobre los préstamos modificados, para lo cual la Superintendencia continuará recibiendo, cualquier reclamo o consulta conforme a los procedimientos establecidos en la Ley Bancaria.

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