Alma Solís
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El Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá (Mef) aclaró que la retención del impuesto no será para vivienda principal o vivienda familiares, sino para segundas viviendas y otras propiedades.
Esto se da luego que se diera a conocer la reglamentación de la retención del impuesto por las entidades bancarias y se generara una serie de dudas en la población.
En la nota del MEF indicaron que el Gobierno Nacional impulsó y sancionó la Ley de Patrimonio Familiar que representa cuantiosos ahorros en los impuestos a las viviendas principales. Antes aplicaba a viviendas hasta US$30 mil, ahora cubre a viviendas de hasta 120 mil balboas.
“Este Decreto Ejecutivo 362 del 29 de noviembre del 2018, fue consensuado con la Superintendencia de Bancos, Asociación Bancaria, Cooperativas, entidades financieras, ANATI y la Dirección General de Ingresos a través del Ministerio de Economía y Finanzas, en mesas de trabajo realizadas en tiempo oportuno” señala la nota.
Según el MEF el mecanismo de retención del Impuesto de Inmuebles que aplicarán los bancos de licencia general, será mediante débitos a la cuenta designada por el contribuyente exclusivamente para la retención del Impuesto de Inmuebles; este mecanismo fue propuesto por el sector bancario. Igualmente, se establece que el mecanismo de retención del Impuesto de Inmuebles, para financieras, cooperativas y demás instituciones que actúen como agentes de retención, deberá realizarse a través de la letra del financiamiento.
La Retención del Impuesto de Inmuebles, también aplica a préstamos hipotecarios o que sean garantizados por fideicomisos o emisión de valores. La misma la ejecutarán los bancos, financieras, cooperativas y demás instituciones que otorguen financiamiento para la adquisición de viviendas o bienes raíces.
El Decreto 362, en su artículo 2, excluye del mecanismo de retención los bienes inmuebles, que se declaren en patrimonio familiar tributario o la vivienda principal a partir de enero del 2019, y aquellos que se encuentren exonerados de acuerdo al Código Fiscal o alguna ley especial, mientras dure el término de dicha exoneración.
Por su parte la Asociación Bancaria de Panamá también hizo un pronunciamiento sobre el tema.
http://noticiasdepanama.com/asociacion-bancaria-se-pronuncia-por-tema-del-impuesto-de-inmuble/