Alma Solís
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Panamá creará un mesa de trabajo la cual estará conformada por el Ministerio de Comercio e Industrias, Ministerio de Economía y Finanzas y las empresas multinacionales con el fin de prepararse un acuerdo global en que las Empresas Multinacionales (EMN) están sujetas a una tasa impositiva mínima del 15% a partir de 2023.
Ramón Martínez, ministro de Comercio e Industrias de Panamá, dijo a SNIP Noticias que el objetivo de esta mesa de trabajo es ir estudiando cómo aplicaría esta norma, e ir viendo cómo se están adaptando otros países.
«Lo que no queremos es que Panamá tome un paso por delante sin ver qué están haciendo otros países y las multinacionales nos pueden estar indicando que está pasando con sus casas matrices» afirmó el funcionario.
Panamá es miembro del Marco Inclusivo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) / G20 sobre BEPS en el cual se discutió esta norma.
En octubre del año pasado, más de 136 países y jurisdicciones, entre estas Panamá, cerraron un acuerdo global en que las Empresas Multinacionales (EMN) el cual tienen como objetivo que los países firmen una convención multilateral durante 2022, con una implementación efectiva en 2023. (VER NOTA: 136 países, entre estos Panamá, cierran el acuerdo para poner un impuestos mínimo de 15% para las multinacionales)
«Creo que esta mesa de trabajo va a ser muy importante para saber cómo nos va a perjudicar o beneficiar el tema del impuesto mínimo global» puntualizó Martínez a SNIP Noticias.
El años pasado la OCDE indicó que la convención ya está en desarrollo y será el vehículo para la implementación del derecho tributario recientemente acordado bajo el Pilar Uno, así como para las disposiciones de suspensión y remoción en relación con todos los impuestos sobre servicios digitales existentes y otras medidas unilaterales relevantes similares.
En el primer pilar, según el organismo, se busca que se garantice que las empresas digitales paguen los impuestos donde generan los beneficios, creando un marco que permita reasignar entre países el derecho a gravar beneficios de estas empresas.
Las normas GloBE
En diciembre del 2021, la OCDE publicó las reglas modelo del Pilar Dos para la implementación nacional del impuesto mínimo global del 15 %. Este modelo, introduce ese impuesto mínimo a las multinacionales con unos ingresos superiores a 750 millones de euros anuales.
De acuerdo con el comunicado de la OCDE, las reglas modelo del Pilar Dos brindan a los gobiernos una plantilla precisa para llevar adelante la solución de dos pilares para abordar los desafíos fiscales que surgen de la digitalización y la globalización de la economía acordada en octubre de 2021 por 137 países y jurisdicciones bajo el Marco Inclusivo de OCDE/G20 sobre BEPS.
Las normas GloBE, como se les ha determinado , establece un sistema fiscal destinado a garantizar que los grandes grupos de empresas multinacionales paguen este nivel mínimo de impuestos sobre los ingresos generados en cada una de las jurisdicciones en las que operan. Las reglas crean un «impuesto complementario» que se aplicará a las ganancias en cualquier jurisdicción siempre que la tasa impositiva efectiva, determinada sobre una base jurisdiccional, esté por debajo de la tasa mínima del 15%.
Las nuevas normas modelo del Segundo Pilar establecen un sistema de reglas que:
- Definen a las EMN que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del impuesto mínimo.
- Establecen un mecanismo para calcular el tipo impositivo efectivo de las EMN por cada jurisdicción y fijan el monto del impuesto complementario a pagar de acuerdo con dichas reglas.
- Imponen el impuesto complementario a un miembro del grupo multinacional de acuerdo con un orden establecido por las reglas acordadas.
Las normas modelo del Segundo Pilar abordan el tratamiento de las adquisiciones y enajenaciones de los miembros del grupo e incluyen una regla específica relativa a determinadas estructuras holding y regímenes de neutralidad fiscal. Por último, abordan aspectos administrativos, como la presentación de declaraciones informativas, y establecen un régimen transitorio para las EMN que estén sujetas al impuesto mínimo global.