Alma Solís
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El gobierno de Panamá anunció que el próximo viernes 23 de febrero de 2024, se desembolsarán US$54 millones para el pago de la primera partida del Décimo Tercer Mes de abril, el desembolso cubrirá un total de 275,738 servidores públicos.
Pero igualmente especificó que el salario base para calcular el Décimo Tercer Mes es de US$550, según la Ley 52 del 16 de mayo de 1974 que instituyó el Décimo Tercer Mes para el sector público, pero el pasado 1 de febrero la Corte Suprema de Justicia declaro inconstitucional este calculo, mientras el MEF senala que esto fue después de la aprobación del Presupuesto 2024.
«El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional, de forma unánime, el establecimiento de un tope salarial para el cálculo del décimo tercer mes de los funcionarios públicos de Panamá» indicaron.
Esta decisión fue tomada tras presentarse, ante el Pleno, dos demandas de inconstitucionalidad contra los numerales 1 y 2 del artículo 1 de la Ley 52 de 16 de mayo de 1974, “por la cual se instituye el XIII mes para los servidores públicos”, modificada por la Ley 133 de 31 de diciembre de 2013.
El Pleno consideró que “los principios de igualdad y no discriminación son las piedras angulares del derecho internacional, y al mismo tiempo son los derechos humanos más ampliamente reconocidos y establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos” .
Además que afirmaron que “el Estado está en la obligación de pagar por la prestación de un trabajo de igual valor, el mismo salario, y si a ese mismo trabajador se le ha reconocido el mismo derecho de bonificación, no puede existir un tratamiento distinto al momento de calcular esa bonificación so pretexto de pertenecer a sectores diferentes (público y privado), pues es una conducta claramente discriminatoria”.
Por su parte, el viceministro de Economía Carlos Gonzalez dijo a SNIP Noticias que el fallo es posterior a la aprobación y puesta en línea el presupuesto 2024.
«La constitución también establece que no se podrá hacer ningún pago no autorizado previamente en el presupuesto. Habrá que hacer los cálculos y buscar una fuente de ingreso para poder tramitar un crédito adicional e incorporar el diferencial al presupuesto» indicó González.
En el fallo el Oragano Judicial también especificó que respecto a la repercusión sobre el Presupuesto General del Estado derivado de honrar sin discriminación el derecho al décimo tercer mes de los trabajadores al servicio del Estado, considera que es un tema de planificación financiera por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, y de los organismos competentes de elaborar los proyectos de presupuestos de cada institución del Estado “ya que no tiene sentido la continuidad de este estado de cosas, cuando el presupuesto ha aumentado 40 veces desde 1974, con relación al aumento tope que ha sido solo del 30 %, es decir, el monto tope (550 dólares) está por debajo del salario mínimo”.
González dijo que aun no tienen el estimado de cuánto significará esto en aumento al presupuesto.
Probablemente esto deba ser ejecutado por el próximo gobierno y puede que tenga que reconocer pagos retroactivos.